Hemos decidido arrancar con la entrada sobre la usura detrás de las tarjetas de crédito revolving aunque todavía no podamos aportar toda la información que queremos transmitiros dada la importancia que puede tener para muchos de vosotros.
Tarjetas revolving y usura – Contexto.
Aunque estamos acostumbrados a que los bancos hagan con nosotros lo que quieran resulta que no todo es legal como hemos podido ver recientemente con las polémicas clausulas suelo. Y con la usura los bancos han ido un paso mas allá.
La usura en España no es legal.
Datos tomados de: noticias.juridicas.com
Tarjetas revolving y usura – ¿Creéis que esto ha parado a los bancos?
Evidentemente no. La usura no es legal. Los bancos siguen aplicando a algunos de sus productos un tipo de interes ilegal
Tarjetas revolving y usura – ¿Porqué?
Apuntamos a dos motivos principalmente. Por un lado en España hay muy poca cultura de demandar ante este o cualquier tipo de abuso. Y esto en números se traduce en que incluso pagando las costas del abogado de demandante y las propias de las «cuatro» demandas que reciban. El balance final de lo que obtienen de «robar» al resto de personas que jamás denunciarán menos el gasto de los «cuatro» juicios les ofrece un balance positivo.
Y dos y mas importante. El sistema tan corrupto que tenemos en España donde diversos gobiernos trabajan por y para el capital.
Datos tomados de: espana.leyderecho.org
Según esto. Durante el gobierno del PsoE se decidió/acepto despenalizar la usura. Lo que significa dejar sin consecunciencias la misma.
Para nos entendáis. Es como si se depenaliza el robo. Seguiría siendo ilegal. Pero nos pasaría nada si robamos. Robas cinco gallinas. Y si uno de los dueños te denuncia. El juez le da la razón ya que la gallina era suya pero a tu no tienes consecuencias. En realidad tendrás 4 gallinas.
Pues esto es lo mismo. Desde el momento que el PsoE. Como ya nos tiene acostumbrados. Decidió quitár a los usureros el castigo. Estos nos pueden «robar» y si denunciamos no tendrá ninguna consecuencia. Y así llevan años y años acumulando «gallinas ajenas»
Tarjetas revolving y usura – ¿Puedo denunciar a mi banco?
No sólo puedes, sino que debes de denunciar a tu banco. Ya hay jurisprudencia del supremo donde aplicar unos intereses elevados se considera usura y como tal anula el contrato y el pago de los mismo.
Sentencia en pdf desde la página de: poderjudicial.es
De aplicarse esta jurisprudencia considerando el contrato nulo por usuara, Sólo estaréís obligados a la devolución del importe prestado sin intereses. Y en caso de haber abonado ya mayor cantidad del prestamo inicial, recibiréis la devolución de la cantidad que los superen.
Pero aqui recibimos otra dosis de «marca España.»
- Los bancos no pueden aplicar intereses abusivos pero los aplican.
- Podemos demandarles pero no tendrá consecuencias contra ellos
- Y NO se «nos permite» (con la salvedad de los juicios verbales para reclamaciones de hasta 2000€) defendernos a nosotros mismos estando obligados a contratar a un abogado y un procurarador
- Lo que consigue en el mayor de los casos que la persona perjudicada pierda o pierda un poco mas. Dejándonos la duda es si nos robará el banco, nos robará el abogado, o nos robaran ambos.
Hemos estado ojeando y resulta aberrante como de algo que debería de ser.
Banco/entidad/individuo ejerce usura >Devolución intereses + condena > Usuario final con todo su dinero
Lo han convertido en un número alto de casos en
Banco/entidad/individuo ejerce usura >Usuario es quien perderá dinero a manos del banco, del abogado o de ambos.
Aún así en la mayoría de casas podremos recuperar una parte significativa y hay que aprovecharlo
Tarjetas revolving y usura – ¿Cómo denuncio a mi banco?
Tarjetas revolving y usura – Juicio verbal
Uno de los problemas que nos vamos a encontrar son las cuantías pequeñas que aunque para nosotros si supongan un grave perjuicio. Para muchos despachos de abogados estarán por debajo incluso de sus espectativas de cobro. Quedando aqui un mar de personas sin protección o a los que la «protección» les resulte mas caro que el abuso en si.
Para esto existe el juicio verbal. Un juicio al que nos permiten asistir sin abogado ni procurador y por lo tanto sin costas donde podremos defendernos nosotros mismos. Esta limitado a una reclamación de máximo 2000€ pero para muchos supuestos puede ser el verdadero camino a seguir.
Y esta es precisamente la parte que tenemos pendiente de desarrollar de la entrada. Queremos recopilar información relevante. Hacer un texto tipo y poderos marcar el proceso punto por punto para facilitaroslo pero eso ha de esperar ya que conyeva algo de tiempo.
No obstante. Por si alguno estáis en esa situación y queréis ir avanzando por vosotros mismos por lo que hemos ido leyendo:
- Tenéis que pedir el contrato y las cantidades pagadas y amortizadas.
- Redactar una reclamación a la entidad por el concepto de usura y abusivo. Os debéis de apoyar en la sentencia del supremo que habrá creado jurisprudencia al respecto así como en sentencias que podáis encontrar de cara a redactar el escrito.
- Si la entidad responde negativamente o no responde (creo haber leido que tiene 3 meses para contestar) os tocará ponerle un juicio verbal (Aqui os explicamos como hacerlo por internet y os remitimos a otra página donde profundizan mas sobre lo que son los juicios verbales: tramitando juicios verbales desde casa – sede judicial)
Una cosa importante a tener en cuenta. Estos juicios tienen una ventaja y desventaja a la vez. No se pueden recurrir. Si el juez os da la razón, el banco deberá de devolveros el importe cobrado indevidamente o quedar pendiente sólo la cantidad sin los intereses. y si el juez os la quita. Ya no podréis reclamar. Os tocará pagar los intereses aunque sean usura. No hay opción de llegar al supremo.
Tarjetas revolving y usura – Despachos de abogados NO abusivos.
Para el resto de supuestos. Para quienes el importe a reclamar supere los 2000€ o quienes el juicio verbal no lo veáis una opción. Tras ojear por internet hemos visto desde despachos abusivos. Despachos que reclaman el pago de las costas (teoricamente su salario) mas un porcentaje de lo que se logre (el dinero del afectado. Personalmente considero que esta práctica debería de ser ilegal. Si el banco esta obligado a pagar las costa judiciales en caso de ser declarado culpable de usura. ¿Por qué desviar sus salarios a una posterior indemnizazión del afectado en lugar de exigirselos al banco?) a despachos que parecen llevar una tónica distinta cobrando sólo sobre las costas procesales.
Hoy hemos contactado con uno pero había alguna contradicción en las redacciones por lo que de momento no lo indicaremos hasta que la publicidad y las afirmaciones no se contradigan.
E intentaremos iros añadiendo despachos que puedan ser una opción para las diversas localidades. Si conocés alguno no dudéis en comunicárnoslo.
Esperamos que la información os pueda ayudar para recuperar parte de ese dinero que han decidido «robaros»
Os seguimos contando.